Milicos.. a hacer las cosas bien, sino..

miércoles, 6 de agosto de 2008
Tanto tiempo nos hicieron esperar por esto ? - 06/08/2008


No solo los crímenes horrendos que cometieron los dictadores, sino sus cómplices civiles y los cómplices "sucesores" del proyecto "Olvidemos los delitos" !

Recién ahora se dieron cuenta que existía el ilógico y protector Código Militar que mimaba a sus empleados de los delitos que cometieron. Aunque si repasamos sus delitos desde la Conquista del Desierto hasta ahora, este código se lo hicieron a medida.

Pavada de privilegio tenían los milicos !

Pero son en su 99,99% como Bussi o Pinochet en Chile, cuando les tocó "poner el culo", se hiceron los enfermos, lo cual pone en evidencia la cobardía que esta gente siempre tuvo. Y con éstos nos iban a defender de algún "ataque enemigo" ?

Ahora la delincuente de Cecilia Pando debe estar echando espuma por la boca, pero a ésta sucia rata le voy a dedicar una líneas, más tarde.

La noticia es contundente y hasta el diario La Nación tuvo que publicarla.. qué ataque de hígado, no ?

"Aprueba el Senado la derogación de Código de Justicia Militar.


Esto obliga a los miembros de Fuerzas Armadas a someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal El Senado sancionó por unanimidad la ley que deroga del Código de Justicia Militar, lo que obliga a los miembros de Fuerzas Armadas a someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal y no ante tribunales especiales, como sucede en la actualidad.

Además, esto implica la eliminación del último vestigio que quedaba en el ordenamiento jurídico que contemplaba la pena de muerte, castigo rechazado por la Convención Americana de Derechos Humanos que se encuentra incorporada a la Constitución Nacional desde la reforma de 1994.

El proyecto elaborado por el Poder Ejecutivo, obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre pasado, al contar con el apoyo de más de 160 diputados y el rechazo de sólo dos miembros.


La ministra de Defensa, Nilda Garré, principal impulsora del proyecto, llegó al recinto cuando se inició el tratamiento y permaneció atenta a los discursos hasta su aprobación.
La mayoría de los discursos estuvo referida a aspectos técnicos de la ley y a la importancia de haber avanzado en la derogación de "un código obsoleto y anacrónico", como lo calificó la presidenta de la comisión de defensa, la oficialista María Perceval.

Recordó que "el contexto histórico institucional no permitió que se aprobara una modificación propuesta por el presidente Raúl radical Alfonsín a tres días de asumir su gestión".


Entre sus puntos principales, el proyecto establece que los miembros de las Fuerzas Armadas deben someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito contemplado en el Código Penal y que éstos puedan apelar las sanciones militares ante la Justicia Federal.


También crea un "Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra" y un código disciplinario que suprime el castigo por homosexualidad y pena como faltas la discriminación y el acoso sexual.


La ley comenzará a regir seis meses después de su promulgación, para implementar durante ese período un "programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación".
Su aprobación significará el fin para los tribunales especiales para militares y la eliminación del único ordenamiento jurídico que todavía sostiene la pena de muerte.

El proyecto también contempla un "Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra y otros conflictos armados" y un nuevo Código de Disciplina para las Fuerzas Armadas.
Dice que ante cualquier delito común los militares deberán someterse a la Justicia Federal y que pueden apelar ante esos mismos tribunales federales las sanciones disciplinarias.

Para formalizar esto, se realizan modificaciones a varios artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal.
La eliminación del Código Militar también dejará sin vigencia la sanción a la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas y sancionará al militar que efectuare un requerimiento de carácter sexual para sí o para terceros, bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera.

Si el acoso sexual es realizado por un superior, el delito y la sanción será aún más grave.


Se prohibirán los actos o manifestaciones que de alguna forma discriminen a cierto grupo de personas y se condenará la acción de realizar campañas de hostigamiento personal o grupal o la de afectar la dignidad personal, provocar burlas o humillaciones.


Estas conductas serán consideradas por el nuevo sistema disciplinario como faltas graves; mientras que se rotularon como gravísimas a quienes ordenen la realización de actos contrarios a la Constitución nacional, las leyes o los reglamentos militares.


Una falta leve tendrá una sanción que va desde un apercibimiento hasta cinco días de arresto o una multa de hasta diez días de sueldo; en tanto que una falta grave aumentaría la pena a sesenta días de arresto o una multa equivalente a treinta días de sueldo. Las gravísimas, en tanto, se castigarán con la destitución".



(fuente)

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