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ECOLOGISTAS ESPAÑOLES DENUNCIARÁN A ENCE

jueves, 30 de abril de 2009
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A ENCE en España no la quieren ! - 30/04/2009



Ecologistas presentará una denuncia ante la Fiscalía y la Junta por plantación de eucaliptos en Berrocal
ENCE defiende que los trabajos están "amparados por la Administración"

HUELVA, 30 Abr. (EUROPA PRESS)

Ecologistas en Acción y Fuegos Nunca Más tienen previsto presentar una denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente y la Junta de Andalucía por la plantación "intensiva de eucaliptos clónicos" en Berrocal (Huelva) y por la "destrucción del monte mediterráneo que producirán las terrazas".

Así lo explicó a Europa Press el portavoz de Ecologistas y miembro de Fuegos Nunca Más, Juan Romero, quien aseguró que se trata de "paisaje protegido" en la finca 'El Ojo', de unas 70 hectáreas, "unos trabajos que ejecuta Silvasur Agroforestal en este terreno, propiedad de ENCE".

Según lamentó el ecologista, "se han cortado eucaliptos de unos 30 años, donde ya se arrancaron y quemaron los alcornoques que había, y se está convirtiendo el suelo en terrazas, eliminando con ello todo el matorral y algunos alcornoques de regeneración que sobrevivieron al asedio del eucalipto".

Actualmente, después de esta corta, según indicó Romero, "el 20 por ciento del alcornoque ha quedado gravemente dañado debido a que se sembraron eucaliptos debajo de sus copas". Estas labores para convertir el suelo en terrazas "se llevan a cabo habitualmente con dos tractores 'Bulldozer' que destrozan todo el matorral mediterráneo, por lo que están convirtiendo a Berrocal en un desierto verde", el municipio en el que un incendio acabó en julio de 2004 con más de 30.000 hectáreas de monte.

Así, Romero dejó claro que en el pueblo están "dispuestos a movilizarse" para evitar "lo que con tanta frecuencia hacen, políticas con hechos consumados, todo con el beneplácito de la Junta de Andalucía", por lo que instó al Ayuntamiento del municipio a que "exija a la Administración que cumpla con los acuerdos municipales de dejar a Berrocal libre de eucaliptos".

Además, pidió que se cumpla la legislación en materia de espacios protegidos y reiteró que exista "voluntad para sacar a estos eucaliptos de los espacios forestales, no se den subvenciones para la producción de biomasa y se abra una investigación para averiguar la posible relación existente entre el eucalipto y la seca de la encina y alcornoque, puesto que la enfermedad apareció con la llegada de estos ejemplares".

Por su parte, fuentes de la empresa ENCE dejaron claro que todos los trabajos que se realizan en esta finca, que cuenta con una superficie total de 200 hectáreas, están "amparados por la Administración, que está informada" de todos los movimientos en este terreno.

Además, indicaron que se está actuando "en 66 de un total de 200 hectáreas, donde 70 es bosque mediterráneo, que se respeta y sobre el que no se actuará". Por otro lado, apuntaron que esta finca tiene eucaliptos "desde hace 36 años como mínimo, ahora se está destoconando este eucalipto, que se usa para energía renovable, y se sustituirá por una planta mejorada". Finalmente, subrayaron que "no existe constancia de ninguna queja de los agentes forestales que supervisan estos trabajos a diario".
(fuente)

"CLOACAS YA" - Foro Hídrico informa

sábado, 21 de marzo de 2009
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Es necesario urgentemente - 21/03/2009



BASTA DE CONTAMINACION “CLOACAS YA”
Foro Hídrico y de Saneamiento Ambiental de Alte. Brown

La distancia entre las promesas y la realidad en Alte. Brown:

Las promesas sobre agua y cloacas fueron escuchadas atentamente durante la campaña de Darío Giustozzi pero los anuncios sobre finalización de obras sanitarias no llegan y el Foro no puede esperar porque los vecinos y el hábitat no aguantan más.
En Alte. Brown la red troncal de cloacas se divide en dos zonas, la zona Este que termina en Burzaco y avanza lentamente y la zona Sur que esta en los pañales del proyecto nacional.

Ayer viernes y hoy sábado fueron de súper acción entre el Foro Hídrico y los vecinos de Claypole y Longchamps. Así denominamos a las dos últimas jornadas laborales de los delegados del Foro Hídrico junto a los ciudadanos de Alte. Brown.

Los Delegados (Ver fotos) Héctor Mazzei de Claypole y Clara García de Longchamps lideraron las acciones junto a una cantidad importante de referentes de la organización, que no mencionaremos por extenso.

Ambas asambleas fueron a cielo abierto donde nos ocupamos personalmente de escuchar al vecino, sus padecimientos, su impotencia, su bronca por comprobar que desde el estado municipal, provincial y nacional no se respetan los derechos humanos al agua segura, la red de cloacas y las plantas de tratamiento en nuestro distrito.

Así es como en Claypole continuamos reuniéndonos con esperanzas de cambio todos los viernes a las 18 hs. en la estación ferroviaria. Este viernes, próximo pasado, se acercaron a la mesa, por ejemplo, vecinos luchadores sociales como el señor Valdez del Barrio Suther 2, la señora Marisa Martínez de Don Orione. En estos barrios las plantas de tratamientos y la red de aguas y cloacas están bastante abandonadas en materia de mantenimiento y funcionamiento operativo.

También firmaron el reclamo muchos vecinos de otros barrios de Calypole, que pasaban por el lugar y vieron los carteles. Vecinos que obligadamente consumen agua contaminada del acuífero pampeano y vuelcan en pozos negros prehistóricos ya que no tienen otro recurso para atender su derecho humano al agua segura, la salud y la libertad.

Llegaron a la asamblea personas de toda la localidad Claypolense que nos preguntaban:
¿Para cuando vamos a tener el agua y las cloacas?
¿Por qué primero asfaltan y hacen lomos de burro antes de darnos la infraestructura sanitaria?

Nosotros no tenemos respuesta coherente a esas preguntas pero estaremos junto a las victimas como en los casos mas graves que se dan en los barrios El Hornero, La Cumbre y Almafuerte vecinos al Parque Industrial de Burzaco y continuaremos gestionando apartidariamente con sentido común, dignidad, solidaridad y cuidando la salud de todos en serio.

En La feria de Longchamps sobre calle Alsina sucedió lo mismo pero más potenciado. No encontramos con vecinos que ni siquiera tenían ganas de habla y directamente nos decían ¿dónde hay que firmar? casi a modo de exigencia y con rabia hacia la conducción política.
La participación vecinal fue total y sorprendente, no fue necesario analizar mucho esta realidad que siempre es la única verdad. En esa zona la necesidad y derechos humanos sanitarios humanos también están abandonados por el estado.
Alguno que otro menciono con mucha angustia, “estos caraduras encima me quieren cobrar a través de terceros la red de gas y asfaltos cuando no tengo agua, cloaca, seguridad, salud ni educación”.

Los Delegados del foro presentes estamos analizando llamar a todos nuestros integrantes del Foro Hídrico y de Saneamiento Ambiental de Alte. Brown de cada localidad para repetir este ejercicio al unísono en cada estación ferroviaria o en cada feria, veremos opciones, vamos a trabajar tanto para demostrar la realidad sanitaria que a nadie le quedaran dudas sobre el abandono estatal que sufrimos en materia sanitaria, con la esperanza que de una vez por todas, desde el poder político, se tomen las cosas seriamente y entiendan que primero es lo primero…
Ni asfaltos, ni lomos de burro, ni ningún negocio político mas… Basta, stop, deténganse y entiéndanlo, es simple…





















CUENCA DEL ARROYO LAS PIEDRAS - SAN FRANSISCO

martes, 6 de enero de 2009
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Tratamiento y recolección de basura - 06/01/2009


Si quieren conocer cómo es un escrito de resolución de un Juez sobre una cuestión ambiental, acá tienen la información.

Este tipo de resoluciones judiciales son las que traen un viento fresco a nuestras razones.

La asamblea del barrio Arroyito Las Piedras se movilizó por el increíble grado de contaminación que sufren: mucha gente tiene convulsiones inexplicables, sospechosamente nadie quiere analizar las aguas y las regulares inundaciones nunca se solucionan.


DERECHO AMBIENTAL – MEDIDA CAUTELAR - SANEAMIENTO DE LA CUENCA DEL ARROYO LAS PIEDRAS-SAN FRANCISCO – TRATAMIENTO Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS - 12756 - "ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN MEDIOAMB. C/ FISCO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS S/ MATERIA A CATEGORIZAR"

La Plata, 25 de noviembre de 2008.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver la medida cautelar peticionada en autos, y-

CONSIDERANDO:-

1. Que la actora solicita el dictado de una medida cautelar para que se ordene a las Municipalidades demandadas y a la Provincia de Buenos Aires, a adoptar diversas medidas vinculadas al servicio de recolección de residuos domiciliarios; y a las empresas codemandadas, relacionadas con la industria cárnica, al cese inmediato de las emisiones gaseosas, vertido de líquidos y sólidos contaminantes, entre otras medidas, tales como la acreditación de la contratación del seguro ambiental obligatorio.-

2. Manifiesta que de acuerdo a la documentación agregada en autos, surge en forma indubitada la densidad poblacional existente en la zona de la cuenca Las Piedras-San Francisco y la contaminación extrema de la misma. Agrega que las causas de dicho vejamen ecológico, que afecta gravemente la salud de las personas, son múltiples conforme se desprenden de los informes realizados por la Universidad Nacional de Quilmes y la Universidad Nacional de Buenos Aires.-

Sostiene que la medida cautelar peticionada se relaciona con dos causas que surgen manifiestas: la problemática de la basura y la vinculada con los desechos de la industria cárnica; mientras que los restantes factores de contaminación, deberán ser tratados al momento en que se entregue la totalidad de la información solicitada.-

En cuanto a la problemática de la basura manifiesta que la información aportada por el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Bs. As., corrobora los hechos expuestos en la demanda, en cuanto a la enorme cantidad de basura acumulada en la zona; y que también ha quedado
acreditada en autos la existencia de varios basurales a cielo abierto.-

En lo que respecta a los desechos de la industria cárnica sostiene que la información aportada por el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Bs. As., junto a los informes realizados por la Comisión de Lucha contra las Inundaciones y Contaminación Cuenca Las Piedras-San
Francisco (COLCIC), dan cuenta de la contaminación manifiesta provocada por la industria cárnica sobre el arroyo Las Piedras y San Francisco.-

Agrega que lo hasta aquí expuesto demuestra la grave afectación de los derechos a la vida, a la salud y al medio ambiente de los habitantes de la zona afectada, y torna procedentes las medidas solicitadas.-

3. Que en virtud de lo expuesto, corresponde analizar la concurrencia de los presupuestos establecidos para el otorgamiento de la medida cautelar solicitada (arts. 230 y 232 del C.P.C.C.).-

3.1. Verosimilitud del derecho:

3.1.1. Se ha sostenido tanto la jurisprudencia como en doctrina, que la cognición cautelar se limita en todos los casos a un juicio de probabilidades y de verosimilitud (C.S.J.N. Fallos, 306:2060 y 318:2375, entre otros), añadiendo el Máximo Tribunal, que: "... el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que no excede del marco de lo hipotético, dentro del cual, asimismo, agota su virtualidad."-

3.1.2. Sentado ello, dentro de este limitado marco cognoscitivo del proceso cautelar, y sin abrir juicio definitivo sobre la cuestión traída a debate, advierto que la pretensión cautelar aparece sustentada sobre bases "prima facie" verosímiles, por las consideraciones que seguidamente se exponen.-

3.1.3. En cuanto a la problemática de los basurales, la documentación acompañada en el informe presentado por el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Bs. As. (fs. 275 de autos), da cuenta de los graves problemas generados por la gran acumulación de residuos en la zona, agravados por las precipitaciones, las
dificultades que se presentan en las tareas de limpieza realizadas por voluntarios y vecinos y las deficiencias del servicio de recolección de residuos (conf. fs. 200/243).-

Asimismo, se advierte la existencia de varios basurales a cielo abierto en los que se vuelcan residuos tanto domiciliarios como industriales (Conf. fs. 145/146 y actas de inspección de fs. 149/150).-

Sin embargo, en lo que respecta a los desechos de la industria cárnica, no existen en autos constancias que permitan inferir la existencia de irregularidades por parte de las empresas mencionadas por el accionante,
circunstancia que obsta a la procedencia de la medida cautelar requerida. Ello así, pues del informe presentado por la Autoridad del Agua, citado por el actor como fundamento la medida peticionada, no surgen datos relevantes a tales fines (fs. 113/116), sin perjuicio de lo cual, y en consideración al orden público ambiental, corresponde requerir a la autoridad de aplicación, un informe respecto de la existencia de permisos que habiliten a las empresas demandadas, al vuelco de efluentes líquidos sobre los arroyos Las Piedras y San Francisco.-

Con relación a la intimación peticionada para que los demandados y las demás empresas informadas por los organismos públicos acrediten en autos la contratación del seguro ambiental obligatorio, en los términos del art. 22 de la ley 25.675, la misma se limitará solo a las empresas demandadas, toda vez que no se han esgrimido motivos atendibles para que los organismos públicos deban acreditar dicha contratación, ni se ha individualizado en el escrito en proveimiento a las restantes empresas requeridas.-

3.1.4. En función de lo expuesto, entiendo que –con el alcance señalado- la pretensión cautelar luce liminarmente verosímil (art. 230 del C.P.C.C.).-

3.2. Peligro en la demora:

3.2.1. Que para el dictado de esta clase de medidas resulta suficiente un temor fundado en la posibilidad de sufrir un perjuicio inminente, pues ello configura un interés jurídicamente tutelado que justifica el adelanto jurisdiccional. El requisito sub-exámine se vincula con el daño, pero atento al carácter preventivo de las medidas cautelares, no se requiere su producción, sino su eventualidad, es decir, la posibilidad de su existencia.-

3.2.2. En autos, es dable considerar que, en caso de no accederse a la medida cautelar solicitada, los perjuicios irrogados al medio ambiente podrían tornarse irreversibles, o bien, de difícil reparación ulterior.- Lo expuesto evidencia sin lugar a dudas la configuración del peligro en la demora que habilita el dictado de este remedio cautelar (arts. 230 y 232 del C.P.C.C.). –

3.2.3. Por otra parte, de conformidad con los principios generales que rigen en materia ambiental, vgr. principios de prevención y precaución (art. 4 de la Ley 25.675), la falta de certeza científica absoluta no resulta motivo suficiente para postergar la adopción de medidas eficaces tendientes a impedir la
degradación del medio ambiente.-

3.3. De la afectación del interés público:

Que la protección del medio ambiente, constitucionalmente receptada por los arts. 41 de la CN y 28 de la CPBA, constituye un supuesto de interés público prevalente que resulta determinante a la hora de ordenar la suspensión o el mantenimiento de determinadas actividades que inciden positiva o negativamente sobre el ambiente, a la vez que impone prudencia en el conocimiento y decisión de la controversia, a fin de no vulnerar dicho interés.- Así, cuando exista un interés público ambiental relevante y digno de protección, se hace necesario proclamar su prevalencia en el seno del proceso cautelar, toda vez que la protección del medio ambiente no constituye un mero interés público singular.-
 

3.4. Que no obstante el criterio adoptado por la Cámara Contencioso Administrativa de La Plata, en la Causa N° 1298, “Debiaggi”, Sent. del 20-XII-2005, entre otras, respecto de la improcedencia de la fijación preventiva de astreintes en la sentencia, atento a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Causa “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/Estado Nacional y otros”, sentencia de fecha 8-VII-2008, mediante la cual, habilitó a jueces de primera instancia para fijar el valor de las multas diarias derivadas del incumplimiento de los plazos, con la suficiente entidad como para que tengan valor disuasivo de las conductas reticentes (conf. considerando 21), corresponde proceder de igual modo.-

3.5. Contracautela:
Atento el alto grado de verosimilitud del derecho invocado, y ponderando la naturaleza de los intereses y derechos involucrados, corresponde eximir a la accionante de este recaudo, toda vez que reclama la protección de un interés colectivo, de modo que, exigir su cumplimiento, implica para el actor una carga
excesiva y desproporcionada (art. 28 Const. Nac. y 200 del C.P.C.C.).-

Por los fundamentos expuestos y las normas citadas,-

RESUELVO:-

1. Ordenar con carácter cautelar, a las Municipalidades de Quilmes, Florencio Varela, Avellaneda, Almirante Brown y Presidente Perón, a que, conjuntamente con la Provincia de Buenos Aires, realicen de un modo inmediato, las acciones necesarias y conducentes para:


a) Regularizar el servicio de recolección de basura en la zona de la cuenca Las Piedras-San Francisco;

b) Organizar un programa de educación, capacitación y concientización social con relación a la administración de residuos domiciliarios;

c) Ordenar el cese de la disposición final de residuos en lugares no habilitados para ello (basureros clandestinos) y d) Remediar los basulares a cielo abierto identificados en esta causa. Asimismo, deberán realizar un relevamiento en la zona para identificar, dentro del plazo de diez (10) días, contados a partir de
la notificación de la presente, los predios donde se deposite basura para su posterior remediación. Todo bajo apercibimiento de astreintes, las que se fijan precautoria y prudencialmente en la suma de pesos trescientos cincuenta ($ 350) por cada día de demora, en la persona del funcionario responsable, solidariamente con el intendente y/o Gobernador, según el caso, y en beneficio del fondo de compensación ambiental creado por el art. 34 de la Ley 25.675 (art. 37 del CPCC); a cuyo fin líbrense los correspondientes oficios, previa caución
juratoria, conforme a lo expuesto en el considerando 2.3.5.-

2. Requerir a la Autoridad del Agua, un informe acerca de la existencia de permisos de vuelco de efluentes líquidos sobre los arroyos Las Piedras y San Francisco otorgados a las empresas La Industrial S.R.L., Marbel S.R.L., Frigorífico Federal S.A., Refinería de Grasa Sudamericana, Penta, Inga S.A., Finexcor, y Carindú. Dicho requerimiento deberá cumplirse dentro el plazo de cinco (5) días, computados a partir de la notificación de la presente, con copia certificada de las actuaciones pertinentes, donde conste asimismo, las
eventuales infracciones cometidas por las mismas; a cuyo fin líbrese oficio.-

3. Diferir el tratamiento de la medida cautelar vinculada al cese de las emisiones gaseosas, efluentes líquidos y sólidos contaminantes de las empresas citadas, hasta la producción del informe requerido en el punto interior.-

4. Supeditar la realización de la audiencia solicitada hasta la oportunidad prevista en el apartado anterior. -

5. Intimar a las empresas La Industrial S.R.L., Pavisur S.A., El Emporio Del Tanque S.A., Eurohide S.A., Carbofer S.A., Leiner Davis Gelatin Argentina S.A., Binal S.A., Gabriel Romeo, Ceramica Gema, Cueros Bernal De R.A. Agra, Baterias Varela, Industrias Textiles Apolo S.A., Procesos Industriales Sur S.A., Neolin S.A., Hj Biscotti Y Cia., Marbel S.R.L., Diaz Careri Giglio S.R.L., King Leather, Frigorífico Federal S.A., Refinería de Grasa Sudamericana, Penta, Inga S.A., Finexcor, y Carindú; demandadas en autos, a que en el plazo de cinco (5) días, computados a partir de la notificación de la presente, acrediten en autos la
contratación del seguro ambiental obligatorio previsto por el art. 22 de la ley 25.675, bajo apercibimiento de astreintes, las que se fijan, precautoria y prudencialmente en la suma de pesos dos mil ($2000) por cada día de demora y en beneficio del fondo de compensación ambiental creado por el art. 34 de la Ley 25.675 (art. 37 del CPCC).-

Regístrese. Notifíquese por cédula a los demandados, con trascripción íntegra de la presente y habilitación de días y horas (art. 153 del CPCC).-

LUIS FEDERICO ARIAS Juez
Juz.Cont.Adm.Nº1 - Dto.Jud.La Plata

Montes de eucaliptus secan napas de agua

viernes, 28 de noviembre de 2008
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El deterioro sigue aumentando - 28/11/2008




CERRO ALEGRE, DEPARTAMENTO DE SORIANO
Botnia y ENCE dejan a un pueblo uruguayo sin agua potable

El productor hortícola uruguayo Víctor Cardona, integrante de la Asamblea Ambiental Regional, denunció que en la zona de Cerro Alegre, en el departamento de Soriano, unas 150 familias deben abastecerse de agua de un camión cisterna, debido a que se secaron los pozos por el creciente monocultivo de eucaliptos.
“La gente que vive en los alrededores de Mercedes, en Cerro Alegre, está teniendo un serio problema con el agua. Desde hace muchos años venimos luchando porque se han secado totalmente los pozos y hay 150 familias que reciben el agua desde el municipio en un camión cisterna”, afirmó quien vive a 30 kilómetros de Fray Bentos y de la pastera de Botnia.
Agregó que “con esa agua a una familia no le alcanza para la alimentación ni para la higiene diaria”. Esta situación tiene que ver con el monocultivo de eucaliptos, explicó el productor.
En la República Oriental del Uruguay los problemas con el agua comenzaron a suceder a finales de los años ´90, aunque la Ley Forestal fue implementada en 1985. Con el correr de los años, la situación se agravó, y hoy es acuciante la realidad en el departamento Soriano.
“Ahora tenemos una seca muy fuerte, de más de un año sin lluvia, y hay una crisis muy importante, por lo cual es más problemática la situación”, agregó.
El Grupo de Chacareros de Mercedes, en medio de esta realidad, sigue luchando para obtener soluciones. “Dicen que como les robaron el agua, se la tienen que devolver, y plantean que se deben hacer pozos más profundos”, puntualizó Cardona. “Si bien sus reclamos han tenido eco a nivel local, el gobierno no ha dado respuestas de manera general y sólo ha mandado personas para que dialoguen con los chacareros, para dilatar el problema”, confirmó.

En la actualidad la zona tiene miles de hectáreas forestadas. Sin embargo, el productor hortícola recordó cómo se fueron dando distintos acontecimientos hasta llegar a la actual situación.

“El primer impacto en la zona fue en la compra de las tierras, porque la gente no tenía dinero y estos grandes capitales pagaban grandes sumas, y después, a medida que se fueron plantando eucaliptos y fueron creciendo, las napas de agua fueron desapareciendo y secándose los pozos”, enfatizó. AIM

(fuente)

La asesina mina Bajo La Alumbrera !

martes, 1 de enero de 2008
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LAS MINERAS DE CATAMARCA ESTÁN SECANDO EL ACUÍFERO DE CAMPO EL ARENAL - 03/12/2007

"Es desesperante la situación que están viviendo los habitantes del Campo El Arenal, como Paloma Yaco, Campo La Pampa, La Casa del Campo, etc., por la falta de agua.

La escasez se esta notando cada vez mas y sobre todo desde la extracción de agua que realizan las empresas mineras.

Denuncian que la falta de agua convertirá a todas esas poblaciones catamarqueñas en páramos salvajes y desérticos.

A la vera de la ruta 40 se pueden apreciar innumerables bebederos, excavados cada vez a mayor profundidad, por la baja del nivel del agua, mientras los pobladores de la zona aseguran que esto no sucedió nunca antes.

Por el contrario, recuerdan que casi no se podía transitar por la cantidad de vertientes.

El cuadro se completa con el olor nauseabundo de la gran cantidad de animales muertos, por la falta de pasto y por que, debilitados, van a beber agua y quedan pegados al lodazal para morir indefectiblemente.

Una mujer habitante de La Casa del Campo denunció que se le murieron 27 cabritos y 3 vacas, y que andaban merodeando zorros, completamente pelados y con la piel agrietada.

Destaca que cuando los encontró muertos los tuvo que quemar por temor a las enfermedades que pudieran provocar la putrefacción de sus restos.

A 10 años de instalada la minera Bajo de La Alumbrera, los catamarqueños ya son víctimas de estos impactos, que avanzan sin prisa y sin pausa, degradando suelos, agua y aire.

Los habitantes se preguntan con bronca y amargura si el gobierno provincial, enceguecido por intereses económicos, seguirá autorizando emprendimientos que dilapiden el agua dulce que aun les queda y contaminen lo que encuentren a su paso".

Fernando Villalobo (No las Minas)