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YOUTUBE Y ARTEAR CENSURAN Y ABUSAN DE DERECHOS ILEGÍTIMOS !

lunes, 6 de julio de 2009
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LUCHEMOS CONTRA YOUTUBE y ARTEAR ! - 06/07/2009


Entérese cómo hay personas físicas o legales que invocan ilegítimamente, derechos que no tienen en detrimento de los derechos de todos, autorizados por ley en vigencia.

Cuando no ARTEAR y su títere YOUTUBE, obedeciendo órdenes, ya que NO SON DERECHOS de Propiedad Intelectual !

ARTEAR ataca la libertad de prensa e YOUTUBE apoya sus arteras maniobras.

Luchemos contra los abusos y atropellos de YOUTUBE de una buena vez !




1) Se digitaliza el reportaje o declaración de carácter político, económico, social o de interés general.

2) El video se sube a Youtube.

3) Ya en Youtube, se publica el video en un blog.

4) ARTEAR intima a Youtube para que elimine el video argumentando defensa de Copyright.

5) Youtube elimina el video y, en caso que se repita, también la cuenta creada por el bloger.



El manifiesto llegó al Congreso
sábado, 20 de junio de 2009 12:10

H.Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.



La Cámara de Diputados de la Nación.

DECLARA:

Su preocupación por acciones de la empresa Artear S.A. tendientes a restringir las libertades de expresión e información en Internet.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Motivan la presente declaración los esfuerzos sistemáticos realizados por parte de Artear S.A. para impedir la reproducción en Internet de segmentos de programas periodísticos transmitidos por señales de empresas de su propiedad mediante reclamos injustificados de violación de derechos de propiedad intelectual.

En los últimos meses Artear S.A. ha realizado en forma reiterada reclamos de copyright al servicio de publicación de videos en Internet YouTube. En estos reclamos, Artear S.A. ha exigido a Youtube que elimine de sus servidores fragmentos que distintos usuarios habían subido; estos fragmentos contienen testimonios y declaraciones de funcionarios del gobierno nacional y de candidatos a cargos electivos difundidos en programas periodísticos de Artear S.A. Estos reclamos han conducido a la eliminación de esos videos y al bloqueo de las cuentas de los usuarios que los habían publicado.

Este acto constituye un abuso por parte de Artear S.A. La empresa no cuenta con derechos exclusivos sobre estos materiales, ya que las declaraciones de funcionarios públicos y candidatos electorales realizadas en programas periodísticos constituyen un material de interés público. La continuidad de esta práctica sentaría un peligroso precendente de apropiación indebida de información de interés público por parte de un privado con fines de lucro.

La edición, publicación y reproducción de dichos videos se cuentan entre los usos permitidos que expresamente prevé la ley 11.723, del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual: Primero, el artículo 27 exceptúa a la publicación de información periodística de la obligación de contar con la autorización expresa de su autor.

Art. 27. - Los discursos políticos o literarios y en general las conferencias sobre temas intelectuales, no podrán ser publicadas si el autor no lo hubiere expresamente autorizado. Los discursos parlamentarios no podrán ser publicados con fines de lucro, sin la autorización del autor.

Exceptúase la información periodística.

Segundo, el artículo 28 deja en claro que las noticias de interés general pueden ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas, con la referencia a la fuente como único requisito.

Art. 28. - Los artículos no firmados, colaboraciones anónimas, reportajes, dibujos, grabados o informaciones en general que tengan un carácter original y propio, publicadas por un diario, revista u otras publicaciones periódicas por haber sido adquiridos u obtenidos por éste o por una agencia de informaciones con carácter de exclusividad, serán considerados como de propiedad del diario, revista, u otras publicaciones periódicas, o de la agencia.

Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas.

Por otra parte, la ley 26.032 extiende a Internet las garantías bajo las que la Constitución Nacional ampara a la libertad de expresión:

ARTICULO 1° - La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

Además, los usos mencionados están protegidos por la Constitución Nacional, ya que su limitación constituye una restricción indebida de la difusión y el acceso a información pública de interés común. De modo que estas prácticas constituyen censura y violan el derecho a la expresión tal como está definido por El Art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos:

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

Las acciones de Artear S.A. restringen el derecho de expresión por medios indirectos, constituyendo un caso de control abusivo por parte de particulares, cuyo efecto es impedir la comunicación y la circulación de ideas.

Por todo lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento de este proyecto.

miércoles 3 de junio de 2009


QUÉ DICE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En rojo: observar cómo el espíritu de la Ley es limitar el derecho de propiedad cuando la difusión del contenido emitido por un medio es de interés general (público) científico, didáctico o cultural.


Ley 11.723 (235) del Poder Ejecutivo Nacional
Buenos Aires, 28 de septiembre de 1933

Disposiciones especiales.

Art. 27. - Los discursos políticos o literarios y en general las conferencias sobre temas intelectuales, no podrán ser publicadas si el autor no lo hubiere expresamente autorizado. Los discursos parlamentarios no podrán ser publicados con fines de lucro, sin la autorización del autor.

Exceptúase la información periodística.

Art. 28. - Los artículos no firmados, colaboraciones anónimas, reportajes, dibujos, grabados o informaciones en general que tengan un carácter original y propio, publicadas por un diario, revista u otras publicaciones periódicas por haber sido adquiridos u obtenidos por éste o por una agencia de informaciones con carácter de exclusividad, serán considerados como de propiedad del diario, revista, u otras publicaciones periódicas, o de la agencia.

Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas.

Art. 29. - Los autores de colaboraciones firmadas en diarios, revistas y otras publicaciones periódicas son propietarios de su colaboración. Si las colaboraciones no estuvieren firmadas, sus autores sólo tienen derecho a publicarlas en colección, salvo pacto en contrario con el propietario del diario, revista o periódico.

Art. 30. - Los propietarios de las publicaciones a que se refiere el artículo anterior, para acogerse a los beneficios de esta ley, deberán efectuar la inscripción en el Registro Nacional de Propiedad Intelectual, depositando mensualmente tres colecciones de los ejemplares publicados.

Esta inscripción aprovecha a los titulares de las obras intelectuales contenidas en las publicaciones depositadas y pueden exigir del Registro Nacional de Propiedad Intelectual certificados o testimonios en la parte pertinente de las mismas que les interese.

Art. 31. - El retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma, y muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de éstos, o en su defecto del padre o de la madre. Faltando el cónyuge, los hijos, el padre o la madre, o los descendientes directos de los hijos, la publicación es libre.

La persona que haya dado su consentimiento puede revocarlo resarciendo daños y perjuicios.

Es libre la publicación del retrato cuando se relacione con fines científicos, didácticos y en general culturales, o con hechos o acontecimientos de interés público o que se hubieren desarrollado en público.

Texto ley actualizada : "LEY 11.723 - RÉGIMEN LEGAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL"


MANIFIESTO BLOGUERO CONTRA EL ABUSO DE "ARTEAR"
martes, 23 de junio de 2009 11:22

Blogueros políticos y económicos de la República Argentina, agrupados sin distinción de simpatías partidarias, repudiamos el abuso de propiedad en que está incurriendo Artear S.A., impidiendo la difusión de videos que contienen entrevistas y declaraciones de funcionarios públicos y personalidades relacionadas al quehacer político de nuestro país.

En este sentido, y bajo la excusa de proteger derechos de Copyright, Youtube elimina, a instancias de ARTEAR S.A., los contenidos audiovisuales que, pese a ser generados y transmitidos por sus señales, incluyen información de carácter público. De esta manera se cercena la libertad de difusión de la información de interés ciudadano, con grave daño a la libertad de expresión. Un grupo concentrado de medios de comunicación pretende así controlar no sólo la generación sino también la circulación de la información política en el país, interfiriendo en los contenidos elaborados por medios de comunicación independientes.

Por esto, solicitamos que restablezcan las cuentas y los videos injustamente eliminados y se garantice la libertad de difusión y circulación de la información de interés ciudadano tal como lo expresa la Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723) en su Artículos 27 y 28.

Nos dirigimos a todas las instituciones y personalidades del país y del exterior que defienden la libertad de expresión y de difusión de informaciones solicitando un claro pronunciamiento en defensa de los blogs afectados (Mundo Perverso y Registromundo) y para poner fin a este tipo de maniobras antidemocráticas, que privilegian los intereses corporativos por sobre los derechos de los ciudadanos.

(fuente)


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ARTEAR VIOLA COPYRIGHT PERO EXIJE A YOUTUBE, Y ÉSTE VIOLA LA LEY 11.723

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Basta de las censuras de Youtube ! - 06/07/2009


Manifiesto Bloguero contra el abuso de ARTEAR.

Podes adherirte al presente manifiesto haciendo clic aquí.

Blogueros políticos y económicos de la República Argentina, agrupados sin distinción de simpatías partidarias, repudiamos el abuso de propiedad en que está incurriendo Artear S.A., impidiendo la difusión de videos que contienen entrevistas y declaraciones de funcionarios públicos y personalidades relacionadas al quehacer político de nuestro país.

En este sentido, y bajo la excusa de proteger derechos de Copyright, Youtube elimina, a instancias de ARTEAR S.A., los contenidos audiovisuales que, pese a ser generados y transmitidos por sus señales, incluyen información de carácter público. De esta manera se cercena la libertad de difusión de la información de interés ciudadano, con grave daño a la libertad de expresión. Un grupo concentrado de medios de comunicación pretende así controlar no sólo la generación sino también la circulación de la información política en el país, interfiriendo en los contenidos elaborados por medios de comunicación independientes.

Por esto, solicitamos que restablezcan las cuentas y los videos injustamente eliminados y se garantice la libertad de difusión y circulación de la información de interés ciudadano tal como lo expresa la Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723) en su Artículos 27 y 28.

Nos dirigimos a todas las instituciones y personalidades del país y del exterior que defienden la libertad de expresión y de difusión de informaciones solicitando un claro pronunciamiento en defensa de los blogs afectados (Mundo Perverso y Registromundo) y para poner fin a este tipo de maniobras antidemocráticas, que privilegian los intereses corporativos por sobre los derechos de los ciudadanos.
(fuente)

Posts sobre el tema:

"Argentina: Grupo de medios Clarín obliga a YouTube a cerrar cuentas de bloggers"

"Manifiesto bloguero contra el abuso de ARTEAR"


Si querés dejar algún comentario respecto a los atropellos que hace Youtube de la ley argentina "LEY 11.723 - REGIMEN LEGAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL", dejá tu mensaje acá !

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Tabaré - Encuestas mienten sobre su popularidad !

viernes, 24 de abril de 2009
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Cómo piensan y cómo están las cosas en Uruguay... - 24/04/2009


Así piensan viejos luchadores uruguayos sobre el impresentable Tabaré Vázquez.

Esperemos que el presidente que le siga sea digno y aunque más no sea, patriota.


"El cinismo de Tabaré"




"Tabare Vazquez...mentime que me gusta"





"Uruguay: Mujica virtual triunfador"



"Tupamaro Zabalza: Monocultivo, pasteras y Frente Amplio"

Si hay personas bellas, ésta es una de ellas !

martes, 21 de abril de 2009
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Son las pequeñas cosas que nos hacen bien... - 21/04/2009



El video de Susan Boyle, el más visto de la historia de YouTube
Es el de la británica de 47 años que deslumbró en un concurso de canto en el Reino Unido. En menos de 10 días lo vieron más 100 millones de veces.

"Impresionante", dijeron los jurados tras oir cantar a Susan; la habían prejuzgado por su apariencia.

Su talento estuvo oculto 47 años y en menos de 10 días se convirtió en lo más visto de la historia de YouTube. Susan Boyle es la nueva estrella de Internet y del mundo del espectáculo. Esta mujer de 47 años se convirtió en éxito luego de aparecer un concurso de canto por televisión en el Reino Unido y dejar a todos boquiabiertos.

Es que Susan no tiene la apariencia típica de una celebridad. Con kilos de más, canas y un look fuera de moda, esta mujer residente en West Lothian, un conjunto de pueblitos de la campiña inglesa, sorprendió el 11 de abril al jurado del programa de televisión Britain's Got Talent (el American Idol inglés) con su interpretación de I Dreamed a Dream (Soñé un sueño) de Los Miserables.

Todos se habían reído de ella cuando la vieron pisar el escenario con sus 47 años, su pelo desarreglado y su vestido viejo. Pero ella no se achicó. "Siempre he querido cantar frente a una gran audiencia", dijo Susan antes de enfrentar a un teatro de Glasgow repleto.

Los jurados, acostumbrados a toparse con participantes sin talento, no apostaron por ella tras la primera impresión. Pero después de oírla cantar, se pusieron de pie y aplaudieron a rabiar como el resto del público.

"Me siento muy bien porque se que todos estaban en tu contra. Hemos sido muy cínicos", dijo Amanda Holden, una de las jurados de Britain's Got Talent. "Y este ha sido el llamado de atención más grade que he tenido", reconoció.

"Ha sido la mayor sorpresa en tres años de programa. Cuando dijiste que querías ser como Elaine Page todos se rieron de vos. Ahora nadie se está riendo", agregó Piers Morgan, otro de los jueces. Simon Cowell el jurado "malo" del American Idol que también participa del programa bromeó "sabía que íbamos a ver algo extraordinario apenas te vi en el escenario".

Los tres votaron a favor y la mujer pasó a la siguiente ronda. El talento de Susan e Internet hicieron el resto: el video llegó a YouTube y en menos de 10 días se convirtió en el más visto de la historia del sitio.

Las imágenes de Susan cantando "I dreamed a dream in time gone, when hope was
high and life worth living" (Soñé un sueño en tiempos pasados, cuando la esperanza era grande y valía la pena vivir la vida) dieron la vuelta al mundo y saltaron de web en web, de mail en mail hasta convertirla en lo más visto en la historia de los videos online.

Según publica hoy la cadena británica SkyNews, la empresa de medición Visible Measures calcula que las diferentes versiones de su video han sido vistas al menos 100 millones de veces. Y que en muy poco tiempo podría superar a Evolution Dance, un video que desde 2006 fue visto 118 millones de veces.

Susan también eclipsó al discurso de Barack Obama que fue visto vía YouTube, 18,5 millones de veces o al zapatazo contra George W. Bush y sus 33,2 millones de reproducciones. Nunca antes un video había tenido tanto éxito en tan poco tiempo, aseguran los especialistas. Antes de caminar sobre el escenario Susan prometió: "I will rock the audience (Voy a sacudir al público)". Lo hizo. Y no sólo en el teatro y en la tele, también por Internet.
(fuente)




Sueño ya hace tiempo
Cuando había esperanza y vivir valía la pena
Soñé que el amor no moriría nunca
Soñé que Dios perdonaría

Entonces era joven y valiente
Y se hacían, se usaban y se desperdiciaban sueños
No había rescates que pagar
Ni canciones sin cantar, ni vino sin probar

Pero los tigres vienen de noche
Con sus voces estruendosas
Al igual que te arrancan la ilusión
Vuelven tu sueño en vergüenza

Él/ella durmió un verano a mi lado
Con él/ella pasé unos días maravillosos
Él/ella se llevó mi infancia
Pero se marchó cuando el otoño llegó

Y yo aún soñaba que él/ella regresaría a mí
Que pasaríamos la vida juntos
Pero hay sueños que no pueden ser
Y hay temporales que no podemos capear

Soñé que mi vida sería
Tan diferente de este infierno en el que vivo
Tan diferente ahora de lo que parecía
Ahora la vida ha matado el sueño que soñé

Uruguay y Argentina no necesitan de "puentes".. siguen unidos !

martes, 2 de diciembre de 2008
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Por una región sin contaminación - 02/11/2008


Gracias a quien considero un amigo "rioplatense", el uruguayo CREZANO, usuario en Youtube, nos enteramos de otra campana a favor del medioambiente.

Esto "nos sucede" a todos, sea de un lado o del otro de una frontera ridícula!

Uruguay hoy está sufriendo situaciones similares al desembarco del "Proyecto Celulósico" para América Latina.

Sea una mega pastera o una mega minera, tenemos gravísimos problemas desatendidos por nuestros políticos, que no se sabe hacia dónde miran o estan ciegos.. o se hacen los ciegos !...

Para los que me acusan de ser arbritario por ser argentino, acá está OTRA de las pruebas que en Uruguay hay fuerte oposición de uruguayos sanos y decentes.

Vean y saquen sus conclusiones.




¿El fin de los videos pirata en YouTube?

martes, 11 de marzo de 2008
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Cada vez más problemas con los videos en Youtube - 11/03/2008


Navegando por ahí me encontré este comentario.

Por lo que se sabe cada vez Youtube está bajando día a día, videos que hasta son personales y en categoría "Privado" como fue mi caso.

Basta hacer una búsqueda en Google para conocer la cantidad de usuarios que sufrieron la pérdida, no solo de sus videos públicos sino los privados.



¿El fin de los videos pirata en YouTube? No hay que ser Newton ni tampoco Chuck Norris para ver el problemazo que tiene YouTube con los productores de contenido.

Claro, con todos los videos de películas, de programas de televisión, o de canciones, era lógico que eventualmente empezarían a llover las demandas por aquí y por allá –incluyendo algunas como la de Viacom (los dueños de MTV), por más de mil millones de dólares–.

Por eso no es ninguna sorpresa que Google, después de todo, haya decidido desarrollar una tecnología para hacerle frente al tema.


Concretamente, este lunes presentaron un software que permite identificar si un video está protegido bajo copyright o no, usando una base de datos de abstracciones gráficas.

¿En buen castellano? Es un sistema que trata de encontrar similitudes visuales entre un video y otro para ver si son el mismo.
El problema es que ahí está el problema.

Para que la tecnología funcione, Google necesita que los propios dueños del contenido entreguen una copia original del material a YouTube (de lo contrario no habría forma de hacer la comparación).

Los dueños pueden definir si quieren bloquear la publicación de las copias piratas de un video –cuando sean detectadas–, o bien pueden permitir su publicación, pero sólo bajo la condición de que se les agregue publicidad.

Ojo que esto no significa que Google va a poner los videos originales en YouTube.


Lo que sí significa, y poniéndolo en otras palabras, es que la respuesta de Google frente a la “YouPiratería” consiste básicamente en devolverle la pelota a las víctimas del problema.

Obviamente, esta solución de Google ha sido criticada por varios, y por diversos motivos (por ejemplo, se dice que el sistema sería incapaz de identificar un video subido en mala calidad), pero la verdad es que el tiempo dirá si es una estrategia efectiva o no.

Al menos sabemos que a Viacom esta noticia no le hizo cambiar de parecer.

Según ellos, “porque esta tecnología no puede revertir el daño que ya nos hicieron”… no sé, yo creo que probablemente la razón de fondo tiene que ver con los nueve ceros que hay tras la demanda. ¿O no, Chuck?


Publicado el 17/10/2007 a las 2:02 pm por tomás pollak

Youtube se llenará de basura aunque ya la tiene...

jueves, 30 de agosto de 2007
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Youtube,los nazis, el desconocimiento de derechos y otras yerbas


He subido videos informativos los cuales tal vez hayan faltado al copyright de algún monopolio que se habrá quejado, motivo por el cual han cerrado mi cuenta, la cual estoy tratando de abrir nuevamente.

Este cierre lo han hecho sin ni siquiera notificarme y darme el derecho a defensa, práctica muy común sufrida por nosotros en la dictadura.

Recuerdo que a los desaparecidos tampoco les dieron el debido derecho a defensa.

Justo en momentos en que Alemania se quejó a Youtube por la difusión de videos pro nazis.


"YouTube retira de la web videos pro-nazis
La televisión pública alemana realizó duras críticas contra YouTube por ofrecer videoclips de películas de contenido neonazi. Ante la situación, el popular sitio decidió levantar de su página web todos los fragmentos que contengan alguna connotación pro—nazi.

La película "Jud Suss", realizada en 1940 por Lion Feuchtwanger y dos videos musicales del grupo antisemita "Landser" fueron las principales razones de la queja.

Después de 60 años del fin del Holocausto, Alemania se enfrenta al aumento de las ideas neonazis entre numerosos grupos de jóvenes. La violencia de este tipo ha alcanzado su nivel más alto desde la reunificación en 1990."



Todavía se pueden ver decenas de videos que muestran la miserable figura de Hitler dando discursos, arengando, etc., lo cual, por lo menos en Argentina constituiría el delito de apología del crímen, según el Código Penal vigente.

Mis videos que reproducían una pequeña parte del original, cumplieron su misión de notificar la destrucción del medio ambiente ante la mirada de políticos corruptos, pasteras asesinas de BOTNIA y ENCE, tala de bosques indiscriminadas, etc.

Tal vez no sea un asunto de derechos de autor del material que pude haber subido, sino la queja a Youtube de algún político afectado, o la empresa BOTNIA o ENCE, que no les convenga la difusión mía sobre ellos.

Tal vez sea que nazis que me amenazaron, discriminaron, insultaron, acosaron y hostigaron dentro de Youtube, se hayan puesto de acuerdo para denunciarme vaya a saber el argumento que usaron.

Pero Youtube ante mis REITERADAS DENUNCIAS sobre el particular, NADA DIJO !


En fin, mientras duró, SIRVIÓ.

Ahora seguiré luchando, apoyando y/o defendiendo mis ideales, Youtube no es imprescindible.

Youtube quedará para ver esos ridículos videos de los cuales está infectado el sitio.

Hasta la victoria siempre !