Un avance contra el sufrimiento indebido

viernes, 6 de julio de 2007
La Legislatura de Río Negro dio media sanción al proyecto - fuente

Enfermos terminales podrán optar por una ''muerte digna''

La norma, única en el país, permitirá a los desahuciados rechazar los tratamientos que prolonguen su agonía.

Río Negro se transformó ayer en la primer provincia de la Argentina en dar un paso casi concluyente hacia la aprobación de una ley de "muerte digna", que otorga a los enfermos terminales la posibilidad de emitir una "declaración de voluntad anticipada" y rechazar los tratamientos médicos que prolonguen su agonía.

La ley, que es fuertemente resistida por la Iglesia, fue aprobada en "primera vuelta" por la Legislatura local, que es unicameral y deberá revisar la normativa en 15 días, antes desde darle una sanción ya definitiva.
Esta norma, "pionera" en la legislación argentina sobre los "derechos personalísimos", implica que los pacientes podrán solicitar una "muerte digna" ante escribano público, y los médicos y familiares deberán respetar su voluntad.


La llamada ley de "muerte digna" fue aprobada por amplia mayoría, sólo con el voto negativo de tres legisladores que objetaron la norma argumentando el derecho fundamental de la vida y el rol del Estado de garantizarlo.


La autora del proyecto, la legisladora radical Marta Milesi, indicó que "es un día importante para la población de Río Negro y de la Argentina porque logramos poner en debate temas de agenda que son relevantes y deben ser tratados como tal en la agenda política porque a la sociedad le interesan".

La ley, que deberá ser ratificada por la misma Cámara en "segunda vuelta", permite a los pacientes con enfermedades terminales rechazar tratamientos médicos que prolonguen su agonía y profundicen su padecimiento, mediante una exposición ante escribano público.

En defensa

La legisladora defendió su proyecto argumentando que "la prolongación de la vida puede acarrear no sólo un beneficio, sino también un padecimiento extenso y una muerte lenta y angustiosa".
Por este motivo, agregó Milesi, "hay un deseo de muchos pacientes de controlar el cómo y cuándo morir para resguardar su dignidad también al término de la vida".


La normativa contempla la creación de un registro de voluntarios para que los profesionales médicos que no quieran aceptar el rechazo de los pacientes a tratamientos que prolonguen su vida, tengan posibilidad de una objeción de conciencia.

La "ortotanasia"

El procedimiento conocido como "muerte digna" es denominado por los especialistas en bioética como "ortotanasia" y se diferencia de la más polémica "eutanasia", en que no se implica la aceleración deliberada de la muerte del paciente, sino en evitar que se fuercen procedimientos para mantenerlo con vida.


Específicamente, "ortotanasia" se llama a la "defensa del derecho a morir dignamente", es decir, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida.

La "ortotanasia" consiste en dejar que la muerte llegue en enfermedades incurables y terminales, tratándolas con los máximos tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables. Se distingue de la eutanasia en que la ortotanasia nunca pretende deliberadamente la muerte del paciente.


Aunque es un avance hacia los derechos que debe tener cualquier persona sobre sí mismo, la ortotanasia solo se limita a no dar al paciente, medicamentos que prolonguen su vida (agonía).

Pero de esta forma, solo hacemos un cambio no fundamental a un derecho como es el derecho a decidir sobre nuestro cuerpo.

Si se tienen datos ciertos que una persona padece una enfermedad terminal y tiene sufrimiento cruel, o su calidad de vida se degrada (entubamiento, repirador, etc.), la ley no tiene entidad para someterlo a esa "tortura" médica.

De no ser así... de qué sirve lo legislado sobre derechos humanos, etc., etc., etc......?

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