LEY DE CADUCIDAD - Y la "lesa humanidad" y el Estatuto de Roma ?

lunes, 2 de marzo de 2009
INCREÍBLE QUE NO MENCIONEN LA LESA HUMANIDAD ! - 02/03/2009



Ley de Caducidad, dos décadas después la discusión se renueva - 25.02.2009
Informe de Elena Risso y Juan Andrés Elhordoy

EMILIANO COTELO:

La Asamblea General se reunirá sobre las 10.30 de esta mañana para debatir acerca de la constitucionalidad de la Ley de Caducidad, para el caso específico de la muerte de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, ocurrida en un cuartel militar en el año 1974.

La convocatoria realizada por el vicepresidente Rodolfo Nin Novoa vuelve a poner sobre la mesa un asunto que, por lo menos, lleva 24 años instalado en la política uruguaya, desde los tiempos de la transición de la dictadura a la democracia.

Los orígenes de la Ley

JUAN ANDRÉS ELHORDOY:

En 1985 y 1986, los temas vinculados a los Derechos Humanos le insumieron al presidente Julio María Sanguinetti entre un 40 y 50 por ciento del tiempo, según dijo en el libro “La Transición del Uruguay”, de Diego Achard (Instituto Wilson Ferreira Aldunate, 1992).

En esa publicación cuenta también que en los primeros meses de su primer gobierno, Sanguinetti aplicó la táctica de demorar los juicios contra los militares para darle espacio a una negociación política.

Las relaciones se fueron tensando, hasta que la muerte de un civil frente al Centro Militar durante una protesta de civiles impulsó a Sanguinetti a proponer una ley de amnistía a militares. El entonces presidente conoció la noticia mientras realizaba un vuelo interno en Brasil junto a Líber Seregni, Alberto Zumarán y otros legisladores de la época. Sobre ese momento, Sanguinetti dijo: “Yo sentí que la cosa estaba exactamente ya en un punto de maduración que se podía hacer incontrolable. Entonces les dije a los amigos presentes: señores, venimos discutiendo hace mucho tiempo esto, tenemos que salir adelante”.

La primera propuesta de amnistía a militares fue rechazada por el Partido Nacional y el Frente Amplio. Pero, con el paso del tiempo, aparecieron las primeras citaciones a militares.

EC: Conocida la intención de la Justicia de citar a militares a declarar, el entonces comandante en jefe del Ejército, teniente general Hugo Medina, encajonó las citaciones y respaldó a los oficiales citados por la Justicia civil. El mismo Medina lo reconoció en una entrevista realizada por el periodista César Di Candia (Semanario Búsqueda, 7 de marzo de 1991).

JAE: Sobre aquellas circunstancias, Sanguinetti dijo a Achard: “La cuerda se tensó al máximo. No hay ninguna duda de eso. Estábamos todos ya en un momento en el cual la situación se desencuadernaba. Los generales habían llegado al límite mínimo, donde su autoridad desaparecía. El presidente también. Todos estábamos en el límite. Y ahí Wilson definió”.

El 19 de Diciembre de 1986, tres días antes de la votación de la ley, el líder nacionalista resolvió darle los votos al gobierno para aprobar la ley. Wilson dijo esa mañana en el Directorio: “La fórmula que propone el Poder Ejecutivo es una fórmula que considero inaceptable, porque conduce a un callejón sin salida y crea desesperanza en la gente”. De todas formas, y con el agua al cuello, el Partido Nacional resolvió integrar una comisión para proponer un proyecto de ley que sacara al Uruguay de la crisis institucional que empezaba a enfrentar.

EC: En la misma entrevista antes citada, Medina explicó: “Si no se votaba la Ley de Caducidad, yo sabía que si no asumía la responsabilidad de realizar el golpe, iba a asumirla el que estaba atrás y, si no, era el otro. Porque ese era el pensamiento de las Fuerzas Armadas.

JAE: Sin embargo, según Sanguinetti, “el posible desacato no fue la causa determinante de su reclamo vehemente de llegar a la Ley de Caducidad: Lo fundamental era cómo se logra tranquilidad y subordinación militar”.

El 22 de diciembre de 1986, el Senado y la Cámara de Representantes reunidos en Asamblea General aprueban la Ley 15.848. “Funcionarios Militares y Policiales. Se reconoce que ha caducado el ejercicio de la Pretensión Punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985”.

La Ley

EC: El artículo 1º alude al llamado Pacto del Club Naval y reconoce que “como consecuencia de la lógica de los hechos originados por el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984 y a efecto de concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional, ha caducado el ejercicio de la Pretensión Punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto”.

El artículo 2 excluye de la caducidad a las causas en las que en ese momento existiera auto de procesamiento y los delitos que se hubieren cometido con el propósito de lograr para su autor o para un tercero, “un proyecto económico” (sic).

El artículo 3 afirma que “a los efectos previstos” en los dos primeros artículos, “el Juez interviniente en las denuncias correspondientes, requerirá al Poder Ejecutivo que informe, dentro de un plazo máximo de 30 días, si el hecho investigado lo considera comprendido o no en el artículo 1 de la ley”.

De todas formas, el artículo 4 habilita al Poder Ejecutivo a realizar investigaciones destinadas al esclarecimiento de los casos de personas presuntamente detenidas y desaparecidas, así como de menores presuntamente secuestrados en similares condiciones.

¿La ley es inconstitucional?

JAE: Luego de promulgada la ley, fueron presentados varios recursos de inconstitucionalidad ante el Poder Judicial.

Esos planteos sostenían que la Ley de Caducidad violaba los artículos 8, 72, 83 y 233 de la Constitución: separación de poderes; derecho al debido proceso; independencia del Poder Judicial e igualdad ante la ley.

El 2 de marzo de 1988, la Suprema Corte de Justicia dictó sentencia por los recursos de inconstitucionalidad presentados.

“Desestímase la excepción de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley No. 15.848 de 22 de diciembre de 1986”, estableció la corporación en una sentencia que contó con los votos favorables de los ministros Rafael Addiego Bruno, Armando Tommasino y Nelson Nicoliello.

“Por sus características generales, la motivación de la Ley y las circunstancias extraordinarias de orden político-social que impulsaron a su sanción, constituye una auténtica amnistía a la luz de los principios reguladores del instituto, conforme a la doctrina constitucional y penal de más prestigio”, consignó la mayoría de la Suprema Corte de Justicia en esa ocasión.

Pero esa sentencia tuvo dos votos en contra: los de los ministros Jacinta Balbela de Delgue y Nelson García Otero.

Referéndum

JAE: Paralelamente a los recursos presentados ante la Suprema Corte de Justicia, un grupo de dirigentes políticos y asociaciones sociales comenzaron un proceso de recolección de firmas para someter la ley a una consulta popular.

EC: Para ello se instaló la Comisión Nacional Pro Referéndum, presidida por Matilde Rodríguez Larreta, viuda de Gutiérrez Ruiz, e integrada, además, por Elisa Dellepiane, viuda de Zelmar Michelini, y María Esther Gatti de Islas, abuela de Mariana Zaffaroni.

JAE: La votación fue llevada a cabo el 16 de abril de 1989. Allí ganó el llamado "voto amarillo", que mantenía vigente la Ley de la Pretensión Punitiva del Estado, por un margen de 57% contra 43% en favor de la derogación ("voto verde").

El tema en el Parlamento

EC: ¿Cómo llega el Parlamento a discutir hoy el tema?

En octubre del año pasado, la fiscal Mirtha Guianze interpuso una excepción de inconstitucionalidad contra la Ley de Caducidad, en el marco de la investigación de la muerte de la militante comunista Nibia Sabalsagaray.

El recurso fue presentado ante el juez penal de 10º Turno, Rolando Vomero, responsable de la causa.

El expediente fue elevado entonces a la SCJ. Según se informó en ese momento, el escrito de Guianze se basaba en los argumentos manejados por Balbela y García Otero, los ministros de la SCJ que quedaron en minoría en la sentencia de 1988. Son las mismas razones que, por otra parte, utilizarán en la sesión de hoy legisladores frenteamplistas. Sin embargo, integrantes de la bancada oficialista aclararon a En Perspectiva que no hubo una coordinación formal con Guianze ni antes ni después de conocerse el pronunciamiento de la Corte sobre el tema.

En 1988, García Otero sostuvo que la ley era inconstitucional porque vulnera la separación de poderes, atenta contra la autonomía de la Justicia y también contra el artículo 253 de la Constitución (“La jurisdicción militar queda limitada a los delitos militares y al caso de estado de guerra. Los delitos comunes cometidos por militares en tiempo de paz, cualquiera que sea el lugar donde se cometan, estarán sometidos a la Justicia ordinaria”.)

Al igual que García Otero, Balbela también planteó que la Ley de Caducidad vulneraba la separación de poderes y señaló que al Poder Legislativo no le corresponden funciones jurisdiccionales y que por lo tanto no puede atribuírselas.

Las posiciones minoritarias también objetaron la forma en que fue sancionada la ley en diciembre de 1986, en un momento de fuertes tensiones políticas.

Las posiciones

EC: ¿Qué se espera que ocurra hoy en el Parlamento?

JAE: Los legisladores de su Partido Colorado ingresarán a sala, pero se retirarán antes de que el tema se someta a votación.

Alianza Nacional (Partido Nacional) no ingresará a sala, porque no se quieren prestar a “una burda maniobra política” que busca, según dijo el senador Sergio Abreu, disimular las dificultades del partido de gobierno.

Por su parte, el UNA (Partido Nacional) anunció que sí participará en la discusión sobre el tema.

Desde el Partido Independiente, el diputado Iván Posada – único legislador del sector- sostuvo que no es pertinente la convocatoria, pero que ingresará al debate y votará cuando se plantee la inconstitucionalidad.

El Frente Amplio, a través de la figura del presidente de la Asamblea General, promovió esta instancia para que se discuta abiertamente la posición sobre una eventual inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad.

De todas formas, el resultado de ese debate no es vinculante con el informe que el Poder Legislativo remitirá a la Suprema Corte.
(fuente)

1 comentarios:

Anonymous dijo...

Son todos corruptos y mafiosos
lo dice una uruguaya